Equipo Premezclado
Publicado el 2026-08-18
Concreto premezclado es el concreto que se dosifica y se mezcla en una central, no en la obra, y llega en un camión mixer listo para vaciar. Tú no compras cemento, arena, triturado y agua por separado: compras un metro cúbico de un material que ya viene diseñado para alcanzar una resistencia determinada. Eso cambia quién responde por la calidad y cambia lo que tienes que pedir por escrito.
La norma que manda: NSR-10, Título C
En Colombia la construcción sismo resistente está regida por la Ley 400 de 1997 y por el reglamento que la desarrolla: el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10, adoptado por el Decreto 926 del 19 de marzo de 2010. El Título C es el que trata el concreto estructural.
El propio reglamento define su alcance así, en C.1.1.1: «El Título C proporciona los requisitos mínimos para el diseño y la construcción de elementos de concreto estructural de cualquier estructura construida según los requisitos del NSR-10». Y en la misma sección fija el piso que más le interesa a un comprador: «Para el concreto estructural, f'c no debe ser inferior a 17 MPa». No hay valor máximo.
El Título C de la NSR-10 es una adaptación al medio colombiano del documento ACI 318S-08 del American Concrete Institute, hecha con autorización expresa del ACI. Por eso muchas de sus secciones se parecen a las del reglamento estadounidense, aunque hay diferencias importantes: en control de calidad, por ejemplo, la NSR-10 exige muestrear mucho más seguido que el ACI 318.
Lo que la NSR-10 le exige específicamente al premezclado
Son pocas secciones, pero son las que definen la relación con la concretera:
- C.5.8.2: «El concreto premezclado debe mezclarse y entregarse de acuerdo con los requisitos de NTC 3318 (ASTM C94M) o NTC 4027 (ASTM C685M)». Es decir: la norma de producto y entrega del premezclado en Colombia es la NTC 3318 de Icontec.
- C.5.1.1: el concreto debe dosificarse para dar una resistencia promedio a compresión f'cr superior a la especificada, y debe producirse «de manera que se minimice la frecuencia de resultados de resistencia inferiores a f'c». La central no apunta a tu f'c: apunta más arriba, a propósito.
- C.5.1.2: los requisitos de f'c «deben basarse en ensayos de cilindros». No en el aspecto de la mezcla, ni en la palabra del conductor.
- C.4: además de la resistencia, la mezcla debe cumplir requisitos de durabilidad según la clase de exposición del elemento (suelos con sulfatos, contacto con agua, riesgo de corrosión del refuerzo).
- C.5.6: frecuencia de ensayos y criterios de aceptación. Sobre eso descansa cualquier reclamo.
Cuánto se ensaya, según la norma
C.5.6.2.1 exige tomar muestras de cada clase de concreto colocado cada día no menos de una vez al día, ni menos de una vez por cada 40 m³, ni menos de una vez por cada 200 m² de superficie de losas o muros, y como mínimo una muestra por cada 50 tandas de mezclado. El comentario del propio reglamento aclara que el ACI 318 pide una cada 110 m³ y una cada 460 m²: la NSR-10 «exige una mayor frecuencia de toma de muestras que el ACI 318 para ajustarse a una calidad de construcción diferente».
Un «ensayo» no es un cilindro. Según C.5.6.2.4 es el promedio de al menos dos probetas de 150 × 300 mm o de al menos tres probetas de 100 × 200 mm, hechas de la misma muestra y ensayadas a 28 días. Y el concreto se acepta, según C.5.6.3.3, cuando se cumplen dos cosas a la vez: que cada promedio de tres ensayos consecutivos sea igual o mayor que f'c, y que ningún ensayo individual quede por debajo de f'c en más de 3,5 MPa (cuando f'c es 35 MPa o menos).
Hay una excepción que conviene conocer: C.5.6.2.3 dice que cuando el total de una clase dada de concreto es menor que 10 m³ no se requieren ensayos de resistencia, siempre que el supervisor técnico apruebe otra evidencia de que la resistencia es satisfactoria.
¿Y si es una casa de uno o dos pisos?
Ahí manda el Título E de la NSR-10, dirigido a viviendas de uno y dos pisos de mampostería confinada y bahareque encementado, del grupo de uso I, dentro de programas de máximo 15 viviendas y menos de 3.000 m² construidos. Para los elementos de confinamiento —columnetas, vigas de amarre y cintas— el Título E fija en E.4.2.1 que el concreto debe tener f'c igual o superior a 17,5 MPa a los 28 días, y que el acero de refuerzo no puede tener un límite de fluencia inferior a 240 MPa.
La NSR-10 ha cambiado: qué decreto tocó qué
Es común ver textos que citan la NSR-10 como si fuera un documento congelado en 2010. No lo es. Estos son los decretos modificatorios publicados por la Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica, secretaría de la Comisión Asesora Permanente:
| Decreto | Fecha | Qué toca | ¿Cambia el Título C? |
|---|---|---|---|
| 926 de 2010 | 19/03/2010 | Adopta la NSR-10 completa | Es el texto original |
| 2525 de 2010 | 13/07/2010 | Aplaza la entrada en vigencia y fija el régimen de transición | No |
| 092 de 2011 | 17/01/2011 | Correcciones y ajustes a varios títulos, entre ellos el C | Sí: C.5.3.3, C.5.6.1, notas de la tabla C.4.2.1, C.7.7.6 y otras |
| 340 de 2012 | 13/02/2012 | Títulos A, B y J | No |
| 945 de 2017 | 05/06/2017 | Reglamenta la Ley 1796 de 2016; rehace el Título I (supervisión técnica) | Sí, pero solo C.1.1.8 y C.3.5.10.1 |
| 2113 de 2019 | 25/11/2019 | Incorpora el documento AIS-610-EP-2017 (adobe y tapia pisada) | No |
| 1711 de 2021 | 13/12/2021 | Velocidades de viento (Título B) | No |
| 1401 de 2023 y 1580 de 2023 | 2023 | Introduce A.10.9.2.7 y el documento AIS 410-23 (vulnerabilidad de vivienda de mampostería) | No |
Conclusión práctica: ningún decreto posterior ha cambiado el mínimo de 17 MPa, las tablas de durabilidad del Capítulo C.4 ni la frecuencia de ensayos de C.5.6. Lo que sí cambió el Decreto 092 de 2011 fue C.5.6.1: hoy exige que el laboratorio que hace los ensayos de aceptación cumpla la norma ASTM C1077 y que los informes se distribuyan al diseñador estructural, al supervisor técnico, al contratista y al productor del concreto.
Qué significa todo esto para ti como comprador
Tres cosas concretas:
- El f'c no lo inventa la obra ni la concretera: lo fija el diseñador estructural. C.4.1.1 dice que f'c debe ser el mayor de los valores exigidos por resistencia estructural, por durabilidad y por el mínimo de C.1.1.1. Si pides «concreto de 3.000» sin planos, estás adivinando.
- La prueba es el cilindro, no la factura. Si no hay cilindros tomados y ensayados, no hay forma normativa de decir que el concreto cumplió ni de decir que falló.
- La remisión del mixer es el eslabón que amarra las dos cosas. Es el documento que dice qué clase de concreto llegó, cuándo y a qué parte de la estructura fue.
Si ya tienes el f'c y el volumen definidos, puedes pedir cotizaciones a concreteras con esos datos en la mano. Si todavía no sabes cuántos metros cúbicos necesitas, empieza por la calculadora de concreto premezclado.
Preguntas frecuentes
¿La NSR-10 obliga a comprar concreto premezclado?
No. El Título C admite tanto el concreto premezclado (C.5.8.2) como el mezclado en obra (C.5.8.3), y para este último fija condiciones: mezcladora aprobada, giro a la velocidad recomendada por el fabricante y mezclado de al menos 90 segundos después de que todos los materiales estén dentro del tambor. Lo que la norma no admite es concreto sin dosificación ni control, venga de donde venga.
¿17 MPa sirve para todo?
No. 17 MPa es el piso absoluto del concreto estructural, no una recomendación. C.4.1.1 obliga a subirlo cuando la durabilidad o el cálculo lo exijan, y C.21.1.4.2 exige f'c no menor a 21 MPa en pórticos especiales resistentes a momento, muros estructurales especiales y vigas de acople (con una excepción para estructuras de hasta tres pisos con muros de carga).
¿Quién responde si el concreto no da la resistencia?
Depende de dónde falló, y por eso importan los registros. Si los ensayos de aceptación —hechos por un laboratorio que cumpla ASTM C1077, según C.5.6.1 modificado por el Decreto 092 de 2011— muestran incumplimiento, hay una base documental. Si en obra se le agregó agua al concreto ya preparado sin autorización del diseñador, C.5.10.4 lo prohíbe expresamente y el problema deja de ser del proveedor.
¿La NSR-10 dice cuánto debe costar el m³?
No. La NSR-10 es un reglamento técnico: fija resistencias, ensayos y criterios de aceptación. El precio depende del f'c, del asentamiento, del tamaño del agregado, del volumen, de la distancia a la planta, de si hay bombeo y de la ventana horaria. Por eso conviene cotizar con la especificación completa, no con «concreto para una placa».
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